Arribo al país
Todos los turistas deben portar un pasaporte válido y una tarjeta de turista (la tarjeta de turista está disponible en las oficinas de las aerolíneas en el aeropuerto).
Si planea trabajar, hacer negocios o estudiar en Cuba, necesitará una visa. Por favor, póngase en contacto con el Consulado General de Cuba.
Cantidad de aeropuertos:
15 en total, incluyendo 10 aeropuertos internacionales que prestan servicio a más de 85 aerolíneas de 73 países y 8 aeropuertos locales que ofrecen vuelos domésticos y taxis aéreos.
Puertos que aceptan viajeros internacionales a bordo de sus propias embarcaciones:
Costa norte:
- Marina Hemingway, La Habana
- Marinas Dársena, Chapelin y Gaviota, Varadero
- Marina Cayo Coco-Cayo Guillermo, Archipiélago Jardines del Rey
- Marina Gaviota Bahía de Naranjo, provincia de Holguín
Costa sur:
- Centro Internacional de Buceo María La Gorda, provincia Pinar del Río
- Marina Cayo Largo del Sur y Marina Punta Gorda, provincia Santiago de Cuba
Procedimiento para el arribo por mar: La tripulación debe comunicarse con las autoridades portuarias cubanas antes de entrar en las aguas jurisdiccionales de Cuba –las cuales empiezan a 12 millas náuticas de la plataforma insular– por medio de uno de los siguientes canales:
Canal HF (SSB) 2760 de la Red Costera Nacional
Canal HF (SSB) 2790 de la Red Turística
Canal VHF 68 de la Red Costera Nacional
Canal VHF 16 de la Red Turística
Las autoridades portuarias le solicitarán la siguiente información:
- Nombre de la embarcación
- Bandera
- Puerto de registro
- Último puerto de escala
- Puerto de arribo
- Hora estimada de arribo (ETA)
- Tipo de embarcación
- Color de la embarcación
- Cantidad de personas a bordo
Debe seguir las instrucciones giradas por las autoridades portuarias y permanecer a bordo hasta que todas las formalidades legales hayan sido completadas.
Si su plan es volar a Cuba en un avión privado, debe enviar una solicitud operacional para que su plan de vuelo sea aprobado. El envío deberá ser por medio de telex y dirigido a:
Régimen de Vuelos de Aeronáutica Civil de Cuba, La Habana
Telex: 51727 ACVCU
En su solicitud debe especificar lo siguiente:
- Si el avión es privado
- Tipo de aeronave
- Número y tipo de registro
- Punto de partida
- Nombre del piloto
- Fecha, lugar y hora previstos de arribo
- Propósito del viaje
El paso por aduana
Los visitantes que estén bien preparados y cumplan con algunas reglas simples pasarán por la aduana sin problemas, tanto al momento de ingresar a Cuba como al momento de partir.
Información clave que debe recordar:
Las leyes aduaneras de Cuba prohíben cualquier tipo de importación de material pornográfico, drogas narcóticas, animales vivos y armas de fuego, aunque estas últimas pueden ser autorizadas por la organización a cargo de esta modalidad turística cuando el propósito de las mismas sea el deporte de caza. Cualquier posesión, consumo o tráfico de drogas narcóticas y otras substancias es penalizada, salvo por aquéllas de uso personal acompañadas de la prescripción médica correspondiente.
Viajeros entrantes
Además de las joyas personales, cámaras y otros objetos de valor, a los visitantes se les permite traer a Cuba, libres de impuestos, dos botellas de licor, un paquete completo de cigarrillos y hasta 22 libras (10 kilos) de medicinas. Regalos adicionales por valor de hasta US$ 250 también son permitidos, de los cuales US$ 50 estarán libres de impuestos y el resto estará sujeto al 100% del arancel.
El ingreso de narcóticos y armas de fuego, salvo por las armas de caza autorizadas, no es permitido. No existen restricciones en cuanto a la cantidad de dinero que un visitante puede traer consigo, no obstante, las cantidades mayores de US$ 5,000 deben ser declaradas.
El ingreso de reproductores de VCR y DVD es permitido en Cuba
La aduana cubana ha eliminado las restricciones de importación de reproductores de VCR y DVD a Cuba. A partir del 1 de mayo de 2007, los viajeros pueden traerlos consigo independientemente del tipo, marca o modelo, incluyendo equipo incorporado.
A los turistas se les permite traer efectos personales, entre los que se incluyen artículos (nuevos o usados) razonablemente necesarios para sus vacaciones (según la duración y propósito del viaje), además: equipo deportivo, joyas, cámara fotográfica, videograbadoras, teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, laptops, reproductores MP3, videojuegos, secadoras de pelo, máquinas de afeitar eléctricas, binoculares, un radio receptor portátil, grabadora de cinta, un instrumento musical portátil y un aparato de grabación de sonido.
Se permite el ingreso de walkie-talkies a Cuba
A partir del 20 de diciembre de 2007, a los turistas se les permite traer consigo walkie-talkies. Deben ser registrados en aduana al momento de ingresar y debe llevárselos al partir.
No se permite:
ingresar al país: narcóticos, explosivos, pornografía, cualquier artículo (incluyendo literatura) con la intención de usarlo contra la seguridad nacional, animales y plantas regulados por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), GPS, teléfonos inalámbricos (para el hogar) que operen en bandas que no sean de 40-49 MHz y 2.4 y 5 GHz y electrodomésticos: congeladores, aires acondicionados, estufas y hornos eléctricos, duchas eléctricas, calentadores de agua eléctricos, planchas (las planchas de viajero son permitidas), tostadores y cualquier repuesto eléctrico para los aparatos mencionados arriba.
Para mayor información y un listado completo de los artículos prohibidos, por favor, consulte el portal: www.aduana.co.cu
Viajeros salientes
Asegúrese de guardar $25 CUC (pesos convertibles cubanos) en efectivo para pagar el impuesto de salida en el aeropuerto. Los visitantes que salgan de Cuba pueden llevarse 23 habanos y 1.14 litros de licor (dos botellas de tamaño regular de 750 ml). Para exportar otros objetos, como arte y antigüedades, debe obtener un permiso del Registro Nacional de Bienes Culturales. La mayoría de vendedores legítimos cuentan con dichos permisos y pueden ponerle un sello oficial a su factura.
Aplican reglas estrictas en cuanto a sacar plantas y animales de Cuba. La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES) prohíbe sacar del país lo siguiente: flora y fauna nativa; especimenes vivos o preservados y productos hechos con partes de especies en peligro de extinción. Sin embargo, los productos elaborados con especies aprobadas por las autoridades administrativas de CITES en Cuba pueden ser exportados.












